¿El Derecho de los Testigos a usar Skype en su Contra? Caso del Día de la Corte de Apelaciones de Dallas

Por Robert Guest - 20 De Octubre, 2009

“En toda causa criminal, el acusado gozará del derecho... a ser confrontado con los testigos en su contra”

6ta Enmienda- Constitución de los Estados Unidos

Usted sabe lo que yo no uso. Una cámara web. Nunca he instalado una en mi oficina ni en mi casa. Mi macbook tiene una integrada pero siempre está apagada. No estoy seguro que quiero todo el internet viéndome mientras escribo en mis piyamas.

Esto me lleva a nuestro caso del día. ¿Qué sucede cuando el testigo del Estado no quiere aparecer en persona?

Caso- Acevedo vs. Estado-

Hechos - Acevedo fue declarado culpable de homicidio. Un testigo, su hermana, vivía en Chicago y testificó por medio de una cámara web.

Cuestión - ¿Puede una cámara web satisfacer el derecho de confrontación?

En primer lugar, ¿Qué dice la ley sobre la confrontación? Del dictamen

La Sexta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos se aplica a los estados a través de la Cuarta Enmienda que proporciona, en su parte pertinente, “para todos los casos penales, el acusado debe gozar del derecho… de ser confrontado por los testigos en su contra.” U.S. Const. amend. VI; Pointer v. Texas, 380 U.S. 400 (1965). Esta cláusula, conocida como la Cláusula de Confrontación “garantiza una reunión cara a cara con el acusado antes del juicio.” Coy v. Iowa, 487 U.S. 1012, 1016 (1988). El derecho incluye no solo un “examen físico” pero también (1) asegura que el testigo testificará bajo juramento, “haciéndole ver la seriedad del asunto y cuidando de la mentira por la posibilidad de una multa por perjurio;” (2) forzar al testigo a someterse a un interrogatorio, “el mejor dispositivo legal que se ha inventado para descubrir la verdad;” y (3) permite al juez de los hechos observar el comportamiento del testigo al dar testimonio, “ayudando así al jurado a evaluar su credibilidad.” Maryland v. Craig, 497 U.S. 836, 845-46 (1990). El efecto combinado de estos elementos sirve al objetivo central de la Cláusula: “para garantizar la fiabilidad de las pruebas contra un acusado sometiéndolo a pruebas rigurosas en el contexto de un procedimiento contencioso ante el juez de los hechos.” Id. at 845.

El interrogatorio dentro de la corte es una buena herramienta para descubrir la verdad, Puedo ver, escuchar y aún oler al testigo en contra de mi cliente. Yo solo he conducido plegarias por medio de cámaras de circuito cerrado (cárcel del Condado Bowie) pero nunca he interrogado a un testigo por ese medio.

Aun en algo simple como una declaración no existe el ritmo en la conversación. No existe cadencia en el diálogo, se corta al decir “¿Qué dijo? y ¿Puede repetir?”

No parece mucho pero es una de las maneras en las que puedo obtener la versión de la verdad de mi cliente. No estoy seguro de poder obtener los mismos resultados por Skype. Con un cliente que está cientos de millas del jurado y de mí, estaría en desventaja. Lo primero que se me viene a la mente son las exhibiciones. ¿Qué sucedería si quiero pedirle a mi testigo que lea algo? ¿O que demuestre algo?

¿Qué hay del comportamiento? Puedes saber mucho de un testigo con solo una muestra. Por ejemplo, muchos policías testifican con sus notas. Algo que no se podría ver en una cámara web. Finalmente, conmigo en una televisión ellos pueden controlar mi volumen y mi presencia ante el testigo. Esto tiene menos impacto cuando el testigo me está viendo mediante una netbook.

¿Qué decidió la corte en este caso? Le daré el crédito a la corte por usar lenguaje serio en el dictamen. No quieren abrirle la puerta al testimonio a través de una web cam pero aun así lo hacen.

En Texas, hay muy pocos casos en los que se permite que alguien testifique remotamente. Sí se han usado, escasamente, para los enfermos en estado terminal, etc. En este caso, el testigo tenía un embarazo de riesgo, por lo tanto la corte decide que es el mismo grado de incapacidad.

La pregunta que tengo- No soy doctor, pero de lo que he entendido del embarazo contra las enfermedades terminales es que el embarazo generalmente se termina en alrededor de 40 semanas cuando la madre vive. Por lo tanto, ¿El testigo podría haber estado disponible después?

Concluimos que el tribunal de primera instancia no cometió error al decidir que la condición médica de García era una circunstancia excepcional que le permitió dar su testimonio remotamente por medio de videoconferencia o al determinar que el Sistema usado por el Estado no privara al apelante de su derecho de la Sexta Enmienda. Omitimos la tercera cuestión.

Publicado en: Apelaciones Penales

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